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Personal Laboral 12/05/21

Sobre las retribuciones de la Jubilación Parcial para el personal laboral del Convenio Colectivo 2021-2024 de la CM

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL facilitamos esta información sobre las retribuciones que perciben los trabajadores adscritos al Convenio Colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid 2021-2024, que acceden a la Jubilación Parcial bajo las premisas reguladas en la Disposición Transitoria sexta de dicho Convenio.

Tal y como os venimos informando, el trabajador con vinculación contractual laboral sujeto al Convenio Colectivo de la CM, que quiera acceder a la Jubilación Parcial, ha de cumplir los requisitos establecidos en dicho Convenio, así como lo establecido por ley.

En este sentido, desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL recordamos que, para cobrar la prestación por Jubilación Parcial, la Seguridad Social requiere previamente su tramitación, bien por vía presencial, bien de forma telemática (recomendada). Para hacerlo online, pincha aquí. 

Para conocer cómo queda la nómina del trabajador que accede a la Jubilación Parcial, informamos que:

  • La Administración de la CM, como empresa, abonará el 50% de todos los conceptos retributivos del trabajador (salario base, trienios, etc). En el caso de los festivos, se cobrará en relación a la jornada efectiva que realice el trabajador jubilado parcialmente.
  • La Seguridad Social abonará el 50% de la pensión, según establece mediante su propio cálculo. La forma de consultar la cantidad resultante del cálculo es que cada trabajador acceda al simulador de la Base reguladora de la página de la Seguridad Social y rellene sus datos: 

Simulador de Base Reguladora  

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