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Personal Docente 29/03/23

CSIT UNIÓN PROFESIONAL ratifica el nuevo Acuerdo para Personal Docente interino no Universitario

En la Mesa General de Negociación del personal funcionario de la Comunidad de Madrid, CSIT UNIÓN PROFESIONAL revalida el Acuerdo de 24 de marzo sobre composición, ordenamiento, funcionamiento y selección de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en el ámbito de la CM.

 Los aspectos más importantes que desde el Sindicato Docentes de Madrid, DM, federado en CSIT UNIÓN PROFESIONAL, hemos de destacar son:

  • Selección de funcionarios interinos docentes a través de elaboración de listas únicas de aspirantes.
  • Formación de listas a partir de los procedimientos selectivos convocados por la Comunidad de Madrid, a la que deberán presentarse, excepto si existen causas de fuerza mayor. Si se está en varias listas, solo será obligatorio concurrir a una especialidad o cuerpo.
  • Permanecerán en los mismos términos las listas actuales, en tanto no haya nueva convocatoria de oposiciones en el cuerpo y la especialidad correspondiente.

Otras cuestiones que recoge el Acuerdo son:

  1. Competencia docente: Quien no hubieran superado la fase de oposición en ninguno de los procedimientos selectivos de referencia para la valoración de la nota, deberán estar en posesión de la titulación que acredita la cualificación para impartir la correspondiente especialidad, según lo establecido en los decretos de especialidades de los funcionarios de carrera. Quedarán exentos quienes acrediten una experiencia docente de al menos cinco meses y medio en dos cursos académicos o, en su defecto, 12 meses en periodos continuos o discontinuos, como funcionario interino en el mismo cuerpo y especialidad a la que se opte.
  2. Listas extraordinarias: Cuando se agote una lista, se convocará procedimiento para hacer una lista extraordinaria, que se conformará conforme al baremo general, con las adaptaciones correspondientes.
  3. Colectivos de especial consideración:
  • Mayores de 55 años, con 10 y 15 años de servicio en la Comunidad de Madrid, sin límite de edad, tendrán prioridad para las sustituciones.
  • Personas con discapacidad. Cada 16 nombramientos, uno será de aspirante con discapacidad. Nombramiento superior a cuatro meses.
  • Reserva de vacante adjudicada para situaciones derivadas de la maternidad o ciertas incapacidades temporales.
  • Víctimas del terrorismo o violencia de género. Podrán renunciar sin decaer de la lista.

Estos son los puntos mas relevantes del Acuerdo para interinos, que será publicado oficialmente en breve.

Desde Docentes de Madrid, federado en CSIT UNIÓN PROFESIONAL, consideramos que se avanza en la mejora de las condiciones de los docentes interinos, peor aún sigue quedando mucho trabajo por conseguir, por lo que continuaremos luchando vehementemente.

Os seguiremos informando.

Podrás descargarte el Acuerdo Completo de 24 de marzo, de la Mesa Sectorial de Personal docente no Universitario, en ADJUNTOS.


Documentación Adjunta:

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