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Sobre la designación de los miembros de las Mesas Electorales para las Elecciones Generales del 23 de julio

La Junta Electoral Central (JEC) ha anunciado que el sorteo por el que se designan los componentes de las mesas electorales se realizará entre el 22 y el 28 de junio, dos días antes de lo comunicado inicialmente.

El hecho de solicitar el voto por correo no exime de ser designado miembro de la Mesa electoral. Para más información sobre cómo solicitar tu voto por correo, pincha aquí.

Si la persona designada para formar parte de una mesa electoral ha contratado un viaje o estancia previamente a la convocatoria de las elecciones y su cancelación le supone un perjuicio económico o un trastorno grave, podrá alegar documentalmente ambas circunstancias para que las Juntas Electorales Zonales competentes lo valoren y aseguren la integración plena de las mesas.

Otras cuestiones a destacar:

  • El nombramiento como presidente y vocal de las mesas electorales, según la ley electoral, debe ser notificado a los designados en el plazo máximo de tres días desde esos sorteos. A partir de la fecha en que reciben la notificación, se abre un plazo de siete días para poder alegar ante la Junta Electoral de Zona una “causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo".
  • El afectado deberá adjuntar a sus alegaciones los documentos acreditativos que avalen las circunstancias que considera le impiden formar parte de la Mesa.
  • La Junta Electoral tiene 5 días para responder a esas alegaciones en un sentido u otro. Pasados estos plazos, la Junta Electoral puede continuar designando miembros hasta lograr conformar todas las Mesas Electorales.
  • Si la Junta Electoral rechaza la alegación aportada por el afectado, esta persona tiene la obligación de acudir el día de las votaciones a la hora establecida para la constitución de la Mesa Electoral correspondiente. Si no acude a la convocatoria, se enfrenta a las multas e incluso a las penas de prisión que determine el juez.
  • No estar en el domicilio en el momento de recibir la notificación de la Junta Electoral tampoco constituye un eximente, dado que has de atender al aviso que te dejen para ir a la oficina de Correos a recoger la notificación.

Si quieres informarte de:

  • Los permisos que te corresponden por ser miembro de Mesa electoral, pincha aquí.
  • Las decisiones que se tomen respecto de las Elecciones Generales de 23 de julio, en la página oficial de la JEC, haz clic aquí.

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